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Más de dos años del final del régimen de transición de la pensión de vejez

  • Foto del escritor: Martin Esquivel
    Martin Esquivel
  • 10 abr 2017
  • 1 Min. de lectura

Con la expedición del Acto Legislativo N. 1 de 2005 que modificó nuestra Constitución Política se terminó ya hace dos años el régimen de transición pensional en Colombia, con lo que a la fecha ya no es posible pensionarse con condiciones diferentes a las establecidas en la Ley 100 de 1993.

En efecto, en dicho acto legislativo se estableció que "Parágrafo transitorio 4º. El régimen de transición establecido en la Ley 100 de 1993 y demás normas que desarrollen dicho régimen, no podrá extenderse más allá del 31 de julio de 2010; excepto para los trabajadores que estando en dicho régimen, además, tengan cotizadas al menos 750 semanas o su equivalente en tiempo de servicios a la entrada en vigencia del presente Acto Legislativo, a los cuales se les mantendrá dicho régimen hasta el año 2014".

De tal manera que, las últimas personas que accedieron al régimen de transición fueron quienes pudieron cumplir con los requisitos de edad y semanas cotizadas antes del 31 de diciembre de 2014, para todos los demás, se exigen los requisitos establecidos en la Ley 100 de 1993 y que son, para el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), haber cotizado 1400 semanas (27 años de trabajo) y tener 57 años si se es mujer y 62 años si se es hombre. Ahora bien, para el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) tan solo se debe contar con el capital suficiente para una pensión mínima por el tiempo de expectativa de vida.

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